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viernes, 22 de octubre de 2010

DESCRIPCIÓN Y DINÁMICA DE LAS CUENTAS DEL PATRIMONIO

3. PATRIMONIO


DESCRIPCIÓN
Agrupa el conjunto de las cuentas que representan el valor residual de comparar el activo total menos el pasivo externo, producto de los recursos netos del ente económico que han sido suministrados por el propietario de los mismos, ya sea directamente o como consecuencia del giro ordinario de sus negocios. Comprende los aportes de los accionistas, socios o propietarios, el superávit de capital, reservas, la revalorización de patrimonio, los dividendos o participaciones decretados en acciones, cuotas o partes de interés social, los resultados del ejercicio, resultados de ejercicios anteriores y el superávit por valorizaciones.

3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor total de los aportes iniciales y los posteriores aumentos o disminuciones que los socios, accionistas, compañías o aportantes, ponen a disposición del ente económico mediante cuotas, acciones, monto asignado o valor aportado, respectivamente, de acuerdo con escrituras públicas de constitución o reformas, suscripción de acciones según el tipo de sociedad, asociación o negocio, con el lleno de los requisitos legales.


Para el caso de las compañías por acciones, estará constituido por:
— El capital autorizado, que es la suma fijada en la escritura pública de constitución o reformas.
— El capital por suscribir, que lo conforma el capital autorizado menos el valor de las acciones suscritas.
— El capital suscrito es el valor que se obligan a pagar los accionistas, no menos del 50% del autorizado al constituirse la sociedad.
— El capital suscrito por cobrar, que corresponde al valor pendiente de pago por parte de los accionistas en la suscripción de las respectivas acciones.

En cuentas auxiliares se registrarán por separado cada clase de aportes según los derechos que confieran.
Los aportes en especie deberán registrarse por el valor pactado por los accionistas o socios, o el debidamente fijado por los órganos competentes del ente económico, previa aprobación por parte de la entidad que ejerza la vigilancia y control, si fuere el caso.
La diferencia entre el valor nominal de las acciones, cuotas o partes de interés social y su valor asignado para efecto de la capitalización, se debe registrar en la cuenta 3205 -prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social.

3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL
3105 CAPITAL SUSCRITO Y PAGADO


DESCRIPCIÓN
Registra el ingreso real al patrimonio del ente económico, de los aportes efectuados por los accionistas, y corresponde al valor neto de las subcuentas 310505 -capital autorizado-, 310510 -capital por suscribir (DB)- y 310515 -capital suscrito por cobrar (DB)-.

DINÁMICA
Registro del capital autorizado

Créditos
a) Por el valor de la suma fijada en la escritura pública de constitución (310505), con cargo a la subcuenta 310510 -capital por suscribir-, y
b) Por los aumentos o modificaciones del capital autorizado.


Débitos
a) Por el valor del capital autorizado al constituirse el ente económico (310510), con abono a la subcuenta 310505 -capital autorizado-, y
b) Por los aumentos o modificaciones del capital autorizado.

Registro de la suscripción


Créditos
a) Por el valor del capital suscrito por los accionistas (310510), con cargo a la subcuenta respectiva del activo, o 310515 -capital suscrito por cobrar (DB)-, en el monto suscrito y pendiente de pago;
b) Por el valor capitalizado (310510), con cargo a la cuenta respectiva del grupo 34;
c) Por el valor de las acciones entregadas (310510), como consecuencia de la capitalización de los depósitos recibidos para la futura suscripción de acciones;
d) Por el valor de las acciones entregadas como dividendos (310510);
e) Por el valor de las acciones de goce o industria con estimación pecuniaria (310510) con cargo a la respectiva cuenta de resultados, y
f) Por el valor capitalizado (310510), de la prima en colocación de acciones.


Débitos
a) Por el valor del capital suscrito, pendiente de pago (310515), con abono a la subcuenta 310510 -capital por suscribir (DB)-.

Registro de pagos


Créditos
a) Por el valor efectivamente recaudado (310515).
En caso de liquidación del ente económico se cancelarán las cuentas correspondientes.

3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL
3115 APORTES SOCIALES


DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los aportes realizados por los socios al momento de constituir el ente económico respaldados por la escritura pública de constitución; así como los incrementos posteriores efectuados mediante las escrituras de reforma de estatutos correspondientes, previo el cumplimiento de los requisitos legales vigentes al momento de la constitución o del aumento.
Para los fondos mutuos de inversión, incluye las sumas entregadas como aportes legales por los trabajadores y las contribuciones del ente económico y las utilidades reinvertidas de los socios.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor nominal de los aportes efectivamente recaudados;
b) Por el valor dado a los aportes efectuados en especie con cargo a la cuenta respectiva del activo, según la naturaleza del mismo;
c) Por el valor de aquellas utilidades que la junta de socios ordene capitalizar;
d) Por el valor nominal de los aportes en la cesión de cuotas;
e) Por el valor capitalizado de la revalorización del patrimonio, y
f) Por el valor capitalizado de la prima en colocación de cuotas o partes de interés social.


Débitos
a) Por el valor nominal de los aportes al retiro de los asociados, o la cesión de parte de sus cuotas;
b) Por el valor nominal de los aportes en la reducción del capital, previo el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes, y
c) Por el valor nominal de los aportes al momento de liquidarse el ente económico.

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3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL
3130 CAPITAL DE PERSONAS NATURALES


DESCRIPCIÓN
Registra el total de derechos, reales o personales, bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, apreciables en dinero y poseídos dentro o fuera del país que la persona natural ha destinado como capital para el ejercicio de las actividades de comercio.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de los bienes destinados por la persona natural a sus actividades de comercio;
b) Por la capitalización de la revalorización del patrimonio conforme a las normas legales, y
c) Por el valor de las utilidades del ejercicio.


Débitos
a) Por el valor de las disminuciones por retiro de los bienes que integran esta cuenta, y
b) Por el valor de las pérdidas del ejercicio.

3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL
3135 APORTES DEL ESTADO


DESCRIPCIÓN
Registra el valor del capital de las empresas industriales y comerciales del Estado, el cual está conformado por el asignado en el acto de creación, así como las adiciones que con posterioridad le asigne la ley.

Registra también el valor de las apropiaciones recibidas del Gobierno Nacional en la ley de presupuesto.
Esta cuenta es de uso exclusivo de las sociedades de economía mixta y de las empresas industriales y comerciales del Estado.
DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor asignado en el acto de creación;
b) Por los posteriores aumentos de capital que le asigne la ley;
c) Por la capitalización de la revalorización del patrimonio conforme a las normas legales;
d) Por el valor de los giros (dineros) recibidos de la Tesorería General de la República de las apropiaciones aprobadas por la ley de presupuesto, y
e) Por el valor de los bienes recibidos de entidades en calidad de aportes.


Débitos
a) Por el valor de los aportes, en el momento de la liquidación del ente económico;
b) Por la reclasificación en el evento de presentarse una transformación;
c) Por los valores devueltos a la Tesorería General de la República con base en las disposiciones legales vigentes;
d) Por el retiro de los bienes objeto del aporte por entrega a terceros, en cumplimiento de las normas legales, y
e) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
31. CAPITAL SOCIAL
3140 FONDO SOCIAL


DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los aportes recibidos de cada uno de los afiliados y/o asociados, conforme a las normas vigentes.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor del aporte recibido del afiliado;
b) Por el valor de los aportes cedidos;
c) Por la capitalización de la revalorización del patrimonio conforme a las normas legales, y
d) Por el valor de la capitalización de los excedentes conforme a las normas legales y estatutarias.


Débitos
a) Por el total de los aportes en caso de retiro voluntario u obligatorio, de cualquier afiliado.
b) Por el valor de los aportes cedidos.
c) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor de las cuentas que reflejan el incremento patrimonial ocasionado por prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social, las donaciones, el crédito mercantil, el know how y el superávit método de participación.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL
3205 PRIMA EN COLOCACIÓN DE ACCIONES, CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL


DESCRIPCIÓN
Registra el valor de la prima en colocación de acciones, cuotas o partes de interés social representada por el mayor importe pagado por el accionista o socio sobre el valor nominal de la acción o aporte, o sobre el costo en el evento que corresponda a recolocación de acciones, cuotas o partes de interés social propias readquiridas.

DINÁMICA

Créditos
a) Por la diferencia resultante entre el precio de venta o de recolocación de la acción o cuota social y su valor nominal o costo de readquisición, respectivamente;
b) Por el recaudo de la prima en colocación de acciones por cobrar, y
c) Por el mayor valor resultante entre el valor nominal y el precio convenido de la acción o cuota social para efectos de dividendos o participaciones, pagaderos en especie.


Débitos
a) Por el saldo registrado, en caso de liquidación del ente económico;
b) Por el reparto a título de dividendos, de acuerdo con las normas legales, y
c) Por reparto a título de participaciones, de acuerdo con las normas legales.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL
3210 DONACIONES


DESCRIPCIÓN
Registra los valores acumulados que el ente económico ha recibido por concepto de donaciones de bienes y valores.

Se consideran superávit de capital aquellas donaciones correspondientes a bienes yvalores que incrementan el patrimonio del ente, tales como propiedades, planta y equipo. Aquellos bienes recibidos sin contraprestación económica con el fin de atender costos o gastos de funcionamiento, se registrarán en la subcuenta 429509 -subvenciones-.
DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de los valores y bienes recibidos como donación.


Débitos
a) Por el valor de capitalización de las donaciones, y
b) Por el saldo respectivo a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL
3215 CRÉDITO MERCANTIL


DESCRIPCIÓN
Registra la contrapartida o cuenta de valuación del crédito mercantil formado o estimado contabilizado en la subcuenta 160505.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor determinado y aplicado por el ente económico.


Débitos
a) Por la pérdida o disminución del crédito mercantil una vez comprobado técnicamente, y
b) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL
3220 KNOW HOW


DESCRIPCIÓN
Registra la contrapartida o cuenta de valuación del conocimiento técnico registrado en la cuenta 1630 (0329).

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor determinado y aplicado por el ente económico.


Débitos
a) Por la pérdida o disminución del know how, una vez comprobado técnicamente, y
b) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
32. SUPERÁVIT DE CAPITAL
3225 SUPERÁVIT MÉTODO DE PARTICIPACIÓN


DESCRIPCIÓN
Registra el valor correspondiente a la variación patrimonial por la aplicación del método de participación, de las inversiones que posee el ente económico en sociedades subordinadas, distinta a la utilidad neta o pérdida neta del ejercicio, según sea el caso presentada por tales sociedades.

Este rubro no es susceptible de ser distribuido como utilidades.
En el evento de abandono del método por cualquiera de las causales, el saldo de la cuenta se irá disminuyendo en la parte proporcional, y su nueva valuación se registra en las cuentas de los grupos 19 y 38.
DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor del saldo que se presenta en las subcuentas 380505 y/o 380510, al 31 de diciembre de 1995, producto de la aplicación del método de participación, y
b) Por el valor del incremento patrimonial del ejercicio.


Débitos
a) Por el valor de la disminución patrimonial del ejercicio, y
b) Por el valor de la disminución del saldo de la cuenta, cuando se den las causales de abandono del método.

3. PATRIMONIO
33. RESERVAS


DESCRIPCIÓN
Comprenden los valores que por mandato expreso del máximo órgano social, se han apropiado de las utilidades líquidas de ejercicios anteriores obtenidas por el ente económico, con el objeto de cumplir disposiciones legales, estatutarias o para fines específicos.

Las pérdidas se enjugarán con las reservas que hayan sido destinadas especialmente para ese propósito y, en su defecto, con la reserva legal. Las reservas cuya finalidad fuere la de absorber determinadas pérdidas no se podrán emplear para cubrir otras distintas, salvo que así lo decida el máximo órgano social.
Si la reserva legal fuere insuficiente para enjugar el déficit de capital, se aplicarán a este fin los beneficios sociales de los ejercicios siguientes, tal como lo establecen las normas legales.

3. PATRIMONIO
33. RESERVAS
3305 RESERVAS OBLIGATORIAS


DESCRIPCIÓN
Registra los valores apropiados de las utilidades líquidas, conforme a mandatos legales, con el propósito de proteger el patrimonio social.

Se incluyen conceptos tales como reserva legal, reservas por disposiciones fiscales y reservas para readquisición de acciones y de cuotas o partes de interés social.
La reserval legal corresponde a la apropiación de por lo menos el 10% de las utilidades líquidas de cada ejercicio y están obligadas a constituirla las sociedades en comandita por acciones, de responsabilidad limitada, anónimas y las sucursales de sociedades extranjeras con negocios permanentes en Colombia, en los términos establecidos por la legislación comercial.

Las reservas para readquisición de acciones y de cuotas o partes de interés social corresponden al valor apropiado de las utilidades líquidas para cubrir en su totalidad la adquisición de las mismas.
Registra también el valor pagado por la compra de sus propias acciones, cuotas o partes de interés social, en desarrollo de la operación de readquisición aprobada previamente por el órgano competente.

DINÁMICA

Créditos
a) Por las apropiaciones de las utilidades líquidas establecidas en el proyecto de distribución de utilidades aprobado por el máximo órgano social;
b) Por las apropiaciones de las utilidades líquidas en las sucursales de sociedades extranjeras;
c) Por las apropiaciones de las utilidades de acuerdo con las disposiciones fiscales;
d) Por el valor de adquisición de las acciones, cuotas o partes de interés social propias readquiridas al momento de su recolocación (subcuentas 330516 ó 330518), y
e) Por el valor de las acciones, cuotas o partes de interés social readquiridas al momento de su cancelación (subcuentas 330516 ó 330518).


Débitos
a) Por el cambio de destinación de la respectiva reserva, por mandato del máximo órgano social de acuerdo con las normas legales;
b) Por el valor de la utilización de la reserva legal destinada a enjugar pérdidas;
c) Por el monto utilizado de la reserva para readquisición de acciones o de cuotas o partes de interés social, cuando el precio de recolocación sea inferior al de readquisición;
d) Por el valor efectivamente pagado en la readquisición de acciones, cuotas o partes de interés social (subcuentas 330516 ó 330518), y
e) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
33. RESERVAS
3310 RESERVAS ESTATUTARIAS


DESCRIPCIÓN
Registra los valores de todas aquellas partidas apropiadas de acuerdo con lo contemplado en los estatutos sociales.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor apropiado de las utilidades líquidas, de acuerdo con los estatutos del ente económico.


Débitos
a) Por el cambio de destinación de la respectiva reserva, de acuerdo con las normas estatutarias, y
b) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
33. RESERVAS
3315 RESERVAS OCASIONALES


DESCRIPCIÓN
Registra los valores apropiados de las utilidades líquidas, ordenadas por el máximo órgano social conforme a disposiciones legales, para fines específicos y justificados.
Las reservas ocasionales que ordene el máximo órgano social, sólo serán obligatorias para el ejercicio en el cual se hagan y el mismo podrá cambiar su destinación o distribuirlas cuando resulten innecesarias.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor apropiado de las utilidades líquidas de conformidad con las decisiones del máximo órgano social conforme a las disposiciones legales.


Débitos
a) Por cambio de destinación o por su distribución cuando resulten innecesarias de acuerdo con la decisión del máximo órgano social, y
b) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
34. REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor del incremento patrimonial por concepto y de los saldos originados en saneamientos fiscales, realizados conforme a las normas legales vigentes.

3. PATRIMONIO
34. REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO
3405 AJUSTES POR INFLACIÓN


DESCRIPCIÓN
Registra el ajuste por inflación del patrimonio del ente económico, así como de los activos en período improductivo, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. El saldo de esta cuenta forma parte del patrimonio de los períodos siguientes para efectos del cálculo del ajuste por inflación y no podrá distribuirse como utilidad a los socios o accionistas, hasta tanto se liquide el ente económico o se capitalice tal valor.

El ajuste del patrimonio se determinará con base en las normas legales vigentes.
En el evento que el ente económico emita acciones y/o cuotas o derechos sociales como resultado de la capitalización de algunas de las cuentas que conforman el grupo revalorización del patrimonio, deberá efectuar simultáneamente el respectivo registro en el código 8335 -capitalización por revalorización del patrimonio-; en consecuencia, los saldos que registre el ente económico en esta cuenta deberán disminuirse efectuando la contrapartida correspondiente en las cuentas 3105, 3115, 3130 ó 3135 según el caso.
DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor del ajuste por inflación.


Débitos
a) Por capitalización con abono a la cuenta 3105, 3115, 3130 ó 3135, según el caso;
b) Por el saldo registrado a la liquidación el ente económico, y
c) Por el valor del ajuste por inflación.

3. PATRIMONIO
34. REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO
3410 SANEAMIENTO FISCAL


DESCRIPCIÓN
Registra el saldo que por virtud de normas legales especiales generaron ajustes a la contabilidad del ente económico, como fueron, la inclusión de activos, retiro de pasivos inexistentes y la reclasificación de provisiones subestimadas.


DINÁMICA
Créditos
a) Por el saldo de los ajustes efectuados conforme a las normas legales.


Débitos
a) Por capitalización con abono a la cuenta 3105, 3115, 3130 ó 3135, según el caso, y
b) Por el saldo, al liquidarse el ente económico.

3. PATRIMONIO
34. REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO
3415 AJUSTES POR INFLACIÓN DECRETO 3019 DE 1989


DESCRIPCIÓN
Registra el saldo de los ajustes por inflación efectuados a propiedades, planta y equipos adquiridos entre 1989 y 1991, de conformidad con las disposiciones legales.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el saldo de los ajustes efectuados, conforme a las normas legales.


Débitos
a) Por capitalización con abono a la cuenta 3105, 3115, 3130 ó 3135, según el caso, y
b) Por el saldo, al liquidarse el ente económico.

3. PATRIMONIO
35. DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ACCIONES O CUOTAS


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor apropiado de las ganancias acumuladas mientras se hace la correspondiente emisión de acciones y/o la respectiva escritura de reforma del ente económico por cuotas o partes de interés social y los pertinentes traslados en las respectivas cuentas patrimoniales.

3. PATRIMONIO
35. DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ACCIONES O CUOTAS
3505 DIVIDENDOS DECRETADOS EN ACCIONES


DESCRIPCIÓN
Registra el valor apropiado de las ganancias acumuladas mientras se hace la correspondiente emisión de acciones y los pertinentes traslados a las cuentas patrimoniales.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de los dividendos decretados pagaderos en acciones, con cargo a los resultados de los ejercicios.


Débitos
a) Por el valor pagado en acciones liberadas de la sociedad.

3. PATRIMONIO
35. DIVIDENDOS O PARTICIPACIONES DECRETADOS EN ACCIONES O CUOTAS
3510 PARTICIPACIONES DECRETADAS EN CUOTAS O PARTES DE INTERÉS SOCIAL


DESCRIPCIÓN
Registra el valor apropiado de las ganancias acumuladas mientras se corre la correspondiente escritura pública de incremento del capital social.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de las utilidades decretadas pagaderas en cuotas de participación con cargo a los resultados de los ejercicios.


Débitos
a) Por el valor de los aportes según la escritura pública de reforma.

3. PATRIMONIO
36. RESULTADOS DEL EJERCICIO


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor de las utilidades o pérdidas obtenidas por el ente económico al cierre de cada ejercicio.

3. PATRIMONIO
36. RESULTADOS DEL EJERCICIO
3605 UTILIDAD DEL EJERCICIO


DESCRIPCIÓN
Registra el valor de los resultados positivos obtenidos por el ente económico, como consecuencia de las operaciones realizadas durante el período.

DINÁMICA

Créditos
a) Por la diferencia resultante de comparar los ingresos con los costos de venta o costos en la prestación de servicios y los gastos, con cargo a la cuenta 5905 -ganancias y pérdidas-.


Débitos
a) Por el valor de la apropiación o distribución de las utilidades del ejercicio, sean éstos dividendos, participaciones, reservas y otros afines mediante el acta aprobada en el máximo órgano social, y
b) Por el traslado de las utilidades del ejercicio a la cuenta 3705 -utilidades acumuladas-.

3. PATRIMONIO
36. RESULTADOS DEL EJERCICIO
3610 PÉRDIDA DEL EJERCICIO


DESCRIPCIÓN
Registra el resultado negativo de las operaciones, relacionadas o no, con el objeto social, y que constituye una disminución patrimonial para el ente económico.


DINÁMICA
Créditos
a) Por el traslado de las pérdidas del ejercicio a la cuenta 3710 -pérdidas acumuladas-.


Débitos
a) Por la diferencia resultante de comparar los ingresos con los costos de venta o costos en la prestación de servicios y los gastos con abono a la cuenta 5905 -ganancias y pérdidas-.

3. PATRIMONIO
37. RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES


DESCRIPCIÓN
Comprende el valor de los resultados obtenidos en ejercicios anteriores, por utilidades acumuladas que estén a disposición del máximo órgano social o por pérdidas acumuladas no enjugadas.

DINÁMICA

3705 Utilidades acumuladas

Créditos
a) Por el valor de las utilidades del ejercicio que se encuentran a disposición del máximo órgano social.


Débitos
a) Por el valor de la apropiación o distribución de las utilidades acumuladas, y
b) Por la absorción de las pérdidas mediante la aplicación de utilidades.


3710 Pérdidas acumuladas

Créditos
a) Por la absorción de las pérdidas mediante la aplicación de utilidades.


Débitos
a) Por el valor de las pérdidas del ejercicio.

3. PATRIMONIO
38. SUPERÁVIT POR VALORIZACIONES


DESCRIPCIÓN
Comprende la valorización de inversiones, propiedades, planta y equipo así como de otros activos sujetos de valorización. Para el registro contable de las valorizaciones deben observarse las instrucciones del grupo 19 valorizaciones.

Las contrapartidas de las diferentes cuentas y subcuentas de este grupo, se registran en las cuentas y subcuentas respectivas del grupo 19 -valorizaciones-.

3. PATRIMONIO
38. SUPERÁVIT POR VALORIZACIONES
3805 DE INVERSIONES


DESCRIPCIÓN
Registra el valor correspondiente a la valorización de las inversiones que posee el ente económico. Para el registro contable de éstas deben observarse las instrucciones dadas en la cuenta 1905 -de inversiones-.

Las valorizaciones no se deben utilizar para compensar cargos o abonos aplicables a cuentas de resultados o a ganancias o pérdidas.
DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de las valorizaciones efectuadas con cargo a la cuenta 1905 -de inversiones-.


Débitos
a) Por la venta de inversiones valorizadas;
b) Por la disminución de la valorización de la respectiva inversión, y
c) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
38. SUPERÁVIT POR VALORIZACIONES
3810 DE PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO


DESCRIPCIÓN
Registra la valorización del grupo propiedades, planta y equipo. Para el registro contable de estas valorizaciones deben observarse las instrucciones de la cuenta 1910 -de propiedades, planta y equipo-.


DINÁMICA
Créditos
a) Por el valor de las valorizaciones efectuadas con cargo a la cuenta 1910 -de propiedad, planta y equipo-.


Débitos
a) Por la venta del bien valorizado;
b) Por haber sido dado de baja el bien valorizado;
c) Por disminución de la valorización, y
d) Por el saldo registrado a la liquidación del ente económico.

3. PATRIMONIO
38. SUPERÁVIT POR VALORIZACIONES
3895 DE OTROS ACTIVOS


DESCRIPCIÓN
Registra el valor correspondiente a la valorización de aquellos bienes incluidos en la cuenta 1995 -de otros activos-. Para el registro contable de estas valorizaciones deben observarse las instrucciones dadas en dicha cuenta.

DINÁMICA

Créditos
a) Por el valor de las valorizaciones efectuadas con cargo a la cuenta 1995 -de otros activos-.

Débitos
a) Por la venta del bien valorizado;
b) Por la disminución de la concurrencia de ésta, como consecuencia de desvalorizaciones, y
c) Por el saldo registrado a la liquidación del en

EL PATRIMONIO 2.0

 ·Reservas

Las reservas están comprendidas en el subgrupo, el cual tiene la siguiente composición:

110 Prima de emisión de acciones.
111 Reservas de revalorización.
112 Reserva legal.
113 Reservas especiales.
114 Reservas para acciones de la sociedad dominante.
115 Reservas para acciones propias.
116 Reservas estatutarias.
117 Reservas voluntarias.
118 Reserva por capital amortizado.

En principio, las reservas son beneficios obtenidos por la empresa y que no han sido distribuidos entre sus propietarios. Pero este concepto solamente es válido desde una perspectiva amplia, ya que se puede hacer una subdivisión de las distintas clases de reservas en función de su origen.
Así, se diferencian tres grandes bloques de reservas:
  • Reservas procedentes de beneficios no repartidos.
  • Reservas provenientes de la actualización de balances.
  • Reservas derivadas de aportaciones de los socios.
Reservas procedentes de beneficios no repartidos
Dentro de este bloque, se pueden señalar las siguientes reservas:

112 Reserva legal.
113 Reservas especiales.
114 Reservas para acciones de la sociedad dominante.
115 Reservas para acciones propias.
116 Reservas estatutarias.
117 Reservas voluntarias.
118 Reserva por capital amortizado.

La característica común de estas reservas es que se originan cuando la empresa ha tenido beneficios. Si esto ha sucedido, la cuenta que expresa el beneficio (129, «Pérdidas y ganancias») tendrá un saldo acreedor y cuando se acuerde su traspaso a cualquier tipo de las reservas anteriormente citadas, se hará un asiento del siguiente tipo:

Concepto
Debe
Haber
Pérdidas y ganancias (129)


Reservas (11)



A continuación, se hace una breve descripción de cada una de las reservas mencionadas dentro de este bloque.
Reserva legal
Es aquella cuya dotación es obligatoria por mandato del artículo 214.1 del TRLSA:
«En todo caso, una cifra igual al 10 por 100 del beneficio del ejercicio se destinará a la reserva legal hasta que ésta alcance, al menos, el 20 por 100 del capital social».

EJEMPLO 5
La sociedad anónima «NUAL, SA» tiene un capital social de 1.000.000 de u.m., desembolsado en un 75 por 100. La reserva legal alcanza un importe de 160.000 u.m. Al finalizar el ejercicio económico, «NUAL, SA» ha obtenido un beneficio de 200.000 u.m.
Los administradores acuerdan dotar la reserva legal por el mínimo establecido por la ley y repartir el resto en forma de dividendos.
Se pide:
Contabilizar la distribución del beneficio de este ejercicio.
El importe que debe alcanzar la reserva legal es del 20 por 100 de 1.000.000 de u.m., es decir, 200.000 u.m., por lo que actualmente faltan 40.000 u.m. Por lo tanto, «NUAL, SA» debe dotar el 10 por 100 del beneficio del ejercicio a reserva legal:
200.000 x 10% = 20.000 u.m.

Concepto
Debe
Haber
Pérdidas y ganancias (129)
200.000

Reserva legal (112) (200.000 x 10%)

20.000
Dividendo activo a pagar (525)

180.000


5.1.2. Reservas especiales
Son aquellas que están establecidas por cualquier disposición de carácter obligatorio. Su dotación se hará con cargo a «Pérdidas y ganancias» y su aplicación dependerá de la norma específica que las creó.
5.1.3. Reservas para acciones de la sociedad dominante
Esta reserva se dotará cuando se adquieran o acepten en garantía acciones de la sociedad dominante. Además, mientras dure esta situación estas reservas son de carácter indisponible.

EJEMPLO 6
«B» es sociedad dependiente de «A». «B» adquiere una participación en la sociedad «A», representativa del 5 por 100 del capital social de ésta, por 10.000 u.m.
En el ejercicio siguiente, «B» vende su participación en «A» por 10.000 u.m.
Se pide:
Registrar los asientos que correspondan en la contabilidad de «B».
Por la adquisición de la participación en la sociedad «A», que es su sociedad dominante o matriz:

Concepto
Debe
Haber
Participaciones en empresas del grupo (240)
10.000

Bancos, c/c a la vista (572)

10.000

Cuando la sociedad «B» tenga beneficios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el TRLSA, por el importe de la participación en la sociedad dominante registrará:

Concepto
Debe
Haber
Pérdidas y ganancias (129)
10.000

Reservas para acciones de la sociedad dominante (114)

10.000

Esta reserva es de carácter indisponible y debe permanecer en el balance de la sociedad «B» en tanto no se produzca la enajenación de las acciones de la sociedad dominante.
Por la venta de la participación:

Concepto
Debe
Haber
Banco, c/c a la vista (572)
10.000

Participaciones en empresas del grupo (240)

10.000

Por la reclasificación de la reserva:

Concepto
Debe
Haber
Reservas para acciones de la sociedad dominante (114)
10.000

Reservas voluntarias (117)

10.000


5.1.4 Reservas para acciones propias
El artículo 74 y siguientes del TRLSA regulan el tratamiento de las acciones propias o autocartera de las sociedades. Aunque no se profundice en este capítulo sobre el contenido de estos artículos, lo que sí ha de quedar claro es que la adquisición de acciones propias es una operación lícita, y cuando se realiza, se está produciendo una disminución efectiva de la cifra de capital social, que la ley intenta paliar con la dotación de una reserva de carácter indisponible por el importe de las acciones propias adquiridas y que permanecerá en el balance en tanto no se produzca la enajenación de las mismas.
En nuestra opinión, las acciones propias son una cuenta que, desde un punto de vista económico, está minorando los fondos propios, porque su aparición ha implicado la devolución de una parte del capital social y que, por tanto, no tiene una aportación efectiva. Sin embargo, la cuenta 198, «Acciones propias en situaciones especiales», aparece ubicada en el activo de balance en el modelo propuesto por el PGC.

EJEMPLO 7
La sociedad anónima «VOLU, SA» se ha constituido recientemente y tiene un capital social compuesto por 20.000 acciones de 10 u.m. nominales, que están totalmente desembolsadas. La Junta General ha autorizado la adquisición de 3.000 acciones propias, que se efectúa a un coste unitario de 11 u.m.
Inicialmente, «VOLU, SA» presentaba el siguiente balance de situación:

Activo
Banco
200.000


Pasivo
Capital social
200.000

Posteriormente «VOLU, SA» vende sus acciones propias a 35.000 u.m.
Se pide:
Contabilizar las operaciones realizadas y explicar el efecto de la compra en los fondos propios.
Cuando se produce la adquisición de las acciones propias:

Concepto
Debe
Haber
Acciones propias en situaciones especiales (198) (3.000 x 11)
33.000

Bancos, c/c a la vista (572)

33.000

Si se representa el balance de esta sociedad, se puede observar el efecto descapitalizador que ha producido la adquisición de las acciones propias.

Activo
Bancos
Acciones propias 
167.000
33.000


Pasivo
Capital social
200.000

El balance anterior refleja un capital social de 200.000 u.m., pero el activo realmente desembolsado es de 167.000 u.m.
Para evitar la situación anterior, nuestra legislación obliga a la dotación de la «Reserva para acciones propias» por el importe de adquisición de las acciones propias. Si esta dotación no pudiera efectuarse, por carecer de beneficios o de «Reservas voluntarias», las acciones propias deberán ser enajenadas o se reducirá capital social en el plazo de un año a contar desde la primera adquisición.
Por la dotación de la reserva:

Concepto
Debe
Haber
Pérdidas y ganancias (129)
o
Reservas voluntarias (117)
33.000

Reservas para acciones propias (115)

33.000

Por la venta de las acciones propias:

Concepto
Debe
Haber
Bancos, c/c a la vista (572)
35.000

Acciones propias en situaciones especiales (198)

33.000
Beneficios por operaciones con acciones y obligaciones propias (774)

2.000

Por la disponibilidad de la reserva:

Concepto
Debe
Haber
Reservas para acciones propias (115)
33.000

Reservas voluntarias (117)

33.000


DIVIDENDOS

Se puede definir como la parte de los beneficios generados por la sociedad, o las reservas constituidas que se distribuyen entre los socios como consecuencia de su participación en el capital social. Dicha distribución se efectúa proporcionalmente al porcentaje de participación de cada socio. Pueden ser dividendos causados, dividendos exigibles, dividendos pendientes y dividendos preferenciales.

CLASES DE DIVIDENDOS:

Dividendos Causados: La causación de dividendos tiene lugar, a partir del momento en el cual la asamblea general de accionistas decide decretar y ordenar su correspondiente pago, siendo justamente a partir de dicho instante en que surge la obligación para la sociedad y el derecho de los accionistas, a percibir los dividendos en la forma (dinero o acciones) y fecha que se disponga para el efecto.

Dividendos Exigibles: Son aquellos que el accionista puede exigir de forma inmediata, ya sea porque la asamblea general no dispuso plazo para su exigibilidad o porque habiéndose dispuesto, éste ha culminado o expirado.

Dividendos Pendientes: Son aquellos que habiendo sido causados se encuentran sujetos a un plazo suspensivo y por lo tanto no se han hecho exigibles.

Dividendos Preferenciales: Son aquellos dividendos a los cuales tiene derecho el poseedor de acciones preferenciales o accionista preferencial.

Dividendos Privilegiados: Son aquellos dividendos a los cuales tiene derecho el poseedor de acciones privilegiadas o accionista privilegiado.

TIPOS DE DIVIDENDOS

·         La razón de Pago: Que se calcula dividiendo el dividendo en efectivo por acción de la empresa entre sus utilidades por acción, indica el porcentaje por unidad monetaria percibida que se distribuye a los accionistas en forma de dividendos. Uno de los inconvenientes de esta política es que si las utilidades de la compañía decaen, o si ocurre una pérdida en un periodo dado, los dividendos pueden resultar bajos o incluso nulos.
·         Política de dividendos regulares : Se basa en el pago de un dividendo fijo en cada periodo. Esta política proporciona a los accionistas información generalmente positiva, indicando que la empresa se desempeña correctamente, con lo que se reduce al mínimo toda incertidumbre.
·         Política de dividendos regulares bajos y adicionales: Algunas empresas establecen una política de dividendos regulares bajos y adicionales, con la que pagan un dividendo regular bajo, complementado con un dividendo adicional, cuando as utilidades lo justifican.
·         Dividendos en acciones: Un dividendo en acciones es el pago de dividendos en forma de acciones a los propietarios existentes. Las empresas recurren a menudo a este tipo de dividendo como una forma de reemplazo o adición de los dividendos en efectivo. Aunque los dividendos en acciones no tienen un valor real, los acciones pueden concebirlos como algo de valor que les ha sido proporcionados y que antes no tenían.
Aspectos Contables: En el sentido contable el pago de un dividendo en acciones significa un cambio entre las cuentas de capital, en vez de una utilización de fondos.
Punto de Vista de los Accionistas: El accionista que recibe un dividendo en acciones no recibe en realidad nada de valor.
·         Divisiones de Acciones: Las divisiones de acciones tienen un efecto sobre el precio de las acciones de una empresa similar al de los dividendos en acciones. La división de acciones es un método comúnmente empleado para reducir el precio de mercado de las acciones de la empresa mediante el incremento en el número de acciones detentadas por cada accionista. Las empresas suelen creer que el precio de sus acciones es demasiado alto, y que una reducción en el precio de mercado harán más dinámicas las transacciones.